Trámites después de la muerte

Te ayudamos con los trámites después de la muerte

Aquí encontrarás la información relativa a los trámites que hay que cumplir tras un fallecimiento.

Este certificado, es el documento necesario para las diferentes tramitaciones administrativas que puedan surgir tras el fallecimiento, como gestiones en cuentas bancarias o depósitos, trámites notariales, tramitación de seguros, o bajas en diferentes organismos.

Se solicita al Registro Civil, tramitándolo en la oficina del lugar donde haya sucedido el fallecimiento, y éste haya sido inscrito.

NEVASA tramita la solicitud del Certificado Literal de Defunción de los servicios funerarios que ha prestado, entregando este certificado a los familiares del fallecido, mediante correo electrónico, o en su defecto en mano o mediante correo postal.

Después del fallecimiento, corresponde tramitar la baja en la seguridad social, en un plazo máximo de 30 días, para acceder o cancelar pensiones. Para realizar este proceso, se debe llevar el certificado de defunción a cualquier centro de la Seguridad Social.

Cita previa 901 10 65 70

Sede electrónica de la Seguridad Social

El certificado de últimas voluntades se solicita al Ministerio de Justicia, transcurridos 15 días hábiles después de producirse el fallecimiento; ya sea acudiendo en persona a sus gerencias territoriales o por Internet, si dispone de identificación digital.

Tendrá que rellenar el modelo 790, adjuntar el certificado literal de defunción y pagar la tasa. Al cabo de unos días, le enviarán el certificado, donde consta si el fallecido hizo testamento, cuál es el último que hizo y ante qué notario.

En la Gerencia Territorial de Justicia Valladolid (Edifico de Usos Múltiples 3ª planta). Mediante la Sede electrónica del Ministerio de Justicia.

En el mismo modelo oficial de solicitud del certificado de últimas voluntades, también se puede solicitar el certificado de contratos de seguros de cobertura de fallecimiento. Este documento permite saber si el fallecido tenía algún seguro de vida o accidentes vigente.

También es necesario dar de baja al fallecido en el padrón municipal de habitantes. Este trámite se realiza en el ayuntamiento correspondiente y requiere el certificado de defunción.

Cambio de titularidad o cancelación de los suministros como el agua, luz, gas o teléfono.

En caso de contrato de alquiler de vivienda, subrogación del contrato, o bien comunicación a la propiedad de la cancelación de ese contrato.

Trámites en el banco después de fallecimiento. Cuando la entidad bancaria conoce el fallecimiento de la persona, suelen bloquear todas las cuentas hasta que los herederos acrediten su legítimo acceso.

Dentro del plazo de 6 meses desde la fecha de fallecimiento:

Impuesto de Sucesiones, que grava la adquisición de bienes y derechos por herencia, legado, o cualquier otro título sucesorio.

Impuesto sobre el incremento de los Bienes de Naturaleza Urbana: que grava la adquisición de bienes inmuebles. Habrá que liquidar este impuesto, conocido también como plusvalía municipal.